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Empadronamientos

R:
En la ciudad de Colonia del Sacramento debe dirigirse a la Dirección de Recaudación, ubicada en oficina anexa al Palacio Municipal. Si reside en otra ciudad del departamento debe concurrir a la Oficina o Municipio correspondiente a su localidad.

Licencia de conducir

R:
Las pruebas prácticas y teóricas se toman en el Campus Municipal en Colonia del Sacramento. En otras localidades presentarse en la Oficina o Municipio correspondiente.

PARA TODOS LOS CASOS CONCURRIR CON CÉDULA DE IDENTIDAD VIGENTE.

Primera vez:

  • Credencial Cívica del departamento de Colonia, o Constancia Policial de domicilio, o recibo de UTE, ANTEL, OSE, contribución inmobiliaria del departamento a su nombre.
  • Vehículo para la prueba, ciclomotores y motos con casco.

Renovaciones: Ciclomotores, motos, autos y camionetas.

Para todos los casos: Licencia anterior (en caso de extravío con la denuncia policial correspondiente).
  • Si la licencia de conducir es de otro departamento se debe presentar antecedentes de la intendencia de origen.
  • Si tiene más de 6 meses de vencida vehículo para prueba.
  • Mayores de 60 años todos llevan prueba práctica con vehículo.

Profesionales:

  • Carné de salud vigente.
  • Certificado de buena conducta.
  • Si la licencia de conducir es de otro departamento se debe presentar antecedentes de la intendencia de origen.
  • Si tiene más de 6 meses de vencida vehículo para prueba.
  • Mayores de 60 años todos llevan prueba práctica con vehículo.

Mayores de 70 años:

  • Análisis clínicos de glicemia y orina.
  • Vehículo para la prueba.
  • Si la licencia de conducir es de otro departamento se debe presentar antecedentes de la intendencia de origen.
R:
Depende de cada examen que se reprueba, hay diferentes casos. Salvo cuando el médico dice que no puede conducir, se puede volver a rendir.
El equipo de expedición de licencias le informará cuando puede volver.

R:
La licencia para conducir vehículos automotores cualquiera sea su categoría tiene un costo de $ 812. Para ciclomotores y motos el costo es de $ 640.
En mayores de 70 años la licencia para conducir automóviles cuesta $ 250, para ciclomotores y motos $ 216.

Vigilancia

R:
En los siguientes casos tal lo expresa el Reglamento Nacional de Circulación Vial en los siguientes artículos:
27.20: Los vehículos que no cumplan lo dispuesto en el presente Reglamento y cuya circulación no ofrezca la debida seguridad serán detenidos. La autoridad competente podrá autorizar su desplazamiento precario, estableciendo las condiciones en que ello deberá hacerse.
27.21: El personal habilitado está facultado para exigir la exhibición y para retirar, contra recibo, la documentación de habilitación para conducir y la del vehículo, cuando lo crea necesario. La no exhibición de la documentación señalada podrá dar lugar a la detención del vehículo o a su conducción a la Seccional de Policía más próxima.

R:
Dirigirse en la ciudad de Colonia del Sacramento a Jefatura de Inspectores en el Campus Municipal, teléfono (052) 30327 o en las zonas fuera de Colonia: Jefatura de Inspectores Zona Este en el Municipio de Rosario teléfono (055) 22767, Jefatura de Inspectores Zona Oeste en el Municipio de Carmelo (0542) 2034.

R:
Ley 18.191 (Ley de Tránsito) Artículo 46.- A partir de la presente ley, los funcionarios del Ministerio del Interior, de la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y de las Intendencias Municipales, en el ámbito de sus competencias, especialmente habilitados y capacitados a tal fin, podrán controlar en cualquier persona que conduzca un vehículo en zonas urbanas, suburbanas o rurales del territorio nacional, la eventual presencia y concentración de alcohol u otras drogas psicotrópicas en su organismo, a través de procedimientos de espirometría u otros métodos expresamente establecidos por las autoridades competentes, los que podrán ser ratificados a través de exámenes de sangre, orina u otros análisis clínicos o paraclínicos.
Al conductor que se le compruebe que conducía contraviniendo los límites indicados en la presente ley, se le retendrá la licencia de conducir y se le aplicarán las siguientes sanciones:
A) En caso de tratarse de una primera infracción, una suspensión de dicha habilitación para conducir de entre seis meses y un año.
B) En caso de reincidencia, se extenderá dicha sanción hasta el término de dos años.
C) En caso de nueva reincidencia, se podrá cancelar la licencia de conducir del infractor.

R:
Puede recurrir la sanción dentro de los 10 días hábiles a partir de la misma. A tal fin, podrá descargar el formulario correspondiente en ésta página, debiendo presentarlo con copia en Mesa de Entrada (Palacio Municipal) en la ciudad de Colonia del Sacramento o en las Juntas Locales.
El caso será analizado por el Asesor Jurídico de la Dirección de Tránsito conjuntamente con el Director de Tránsito tomando resolución al respecto la cual se le notificará.

R:
Ley 18.191 Artículo 33.- Es obligatorio el uso de casco protector para los usuarios de motocicletas que circulen dentro del ámbito de aplicación de la presente ley.

R:
Ley 18.191 Artículo 31.- Es obligatorio el uso de cinturón de seguridad en la circulación en vías urbanas como en interurbanas:
A) Por el conductor y los pasajeros de los asientos delanteros, así como por los pasajeros que ocupen los asientos traseros de autos y camionetas.
B) Por el conductor y los pasajeros de los asientos delanteros de los vehículos destinados al transporte de carga.
C) Por el conductor y el eventual acompañante de cabina de vehículos de transporte de pasajeros.
D) Por todos los ocupantes en caso de vehículos de transporte escolar.


Transporte

R:
Puede descargar un formulario de solicitud desde aquí, completarlo con todos los datos requeridos, adjuntarle la documentación solicitada y presentarlo con copia en Mesa de Entrada de la Intendencia o en la Oficina o Municipio de su localidad. Con esto iniciará el trámite donde se le dará un número de expediente con el cual podrá informarse sobre la situación de su solicitud.

R:
Puede visualizar y descargar una copia de cada reglamentación desde aquí.
 




















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